No se realizó un procedimiento investigativo y sancionatorio, aplicándose una sanción sin previo emplazamiento de las partes involucradas.
28 de noviembre de 2023
No se realizó un procedimiento investigativo y sancionatorio, aplicándose una sanción sin previo emplazamiento de las partes involucradas.
No es posible determinar con precisión cuáles son las conductas atribuidas al niño y que configurarían alguna de las faltas gravísimas en el reglamento.
Los organismos a cargo de la investigación y decisión omitieron escuchar al alumno sancionado por supuestos actos de acoso escolar, y tampoco generaron la oportunidad para formular descargos.
Sin perjuicio de la facultad que tiene la Corte de reconducir los hechos a una garantía efectivamente amparada por el recurso de protección, lo cierto es que no puede desatender su deber de resguardar los derechos de los demás miembros de la comunidad, entre los que se incluye a la profesora afectada.