![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2024/10/Angela-Vivanco-1.jpg)
La decisión fue notificada el 10 de octubre pasado y la sentencia dada a conocer con fecha 30 de octubre de 2024.
La decisión fue notificada el 10 de octubre pasado y la sentencia dada a conocer con fecha 30 de octubre de 2024.
El libelo fue interpuesto por tres concejales de la comuna, en base a un informe de la Contraloría Regional que alude a irregularidades en la adquisición de tres inmuebles, en los que el edil acordó las condiciones de la venta de forma directa con el dueño de los predios, y por los cuales se denuncia habría pagado un sobreprecio en el trato directo.
El Tribunal Constitucional acogió la solicitud de suspensión de la gestión pendiente luego de que la Gobernadora Regional presentara un requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 23 sexies, inciso cuarto, de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.
El Tribunal estableció que las irregularidades denunciadas no poseen la entidad suficiente para estimar que se produjo un desfalco a las arcas municipales.
El Tribunal estableció seis hechos sustanciales y controvertidos.
El Alcalde alegó ante el TER del Maule que los concejales no interpusieron el requerimiento por sí mismos, sino que le confirieron mandato judicial a un letrado que lo dedujo en su representación.
Concejales acusan que el Alcalde aprobó un viaje a Brasil que nada tenía que ver con el quehacer municipal.
Concejales acusan que el Alcalde no realizó la cuenta pública del municipio como obliga la ley.
La concesión de la medida cautelar, derivada del ejercicio concreto de la facultad general de cautela concedida a jueces y tribunales, sólo se justifica ante situaciones que se ajustan a sus supuestos específicos: la existencia de plausibilidad legal (fumus boni juris), por un lado; y la posibilidad de lesión irreparable o de difícil reparación (periculum in mora), por otra.
La concejala habría influido para que el municipio le pague a ciertos proveedores.
Durante su mandato como alcalde habría aprobado patentes comerciales a arrendatarios de locales de su propiedad.