Norma que establece el rango de la multa por infracciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, no produce resultados contrarios a la Constitución, resuelve el Tribunal Constitucional.
Las infracciones a la LGUC, a su ordenanza general e instrumentos de planificación territorial se sancionan con multa, a beneficio municipal, no inferior a un 0,5% ni superior al 20% del presupuesto de la obra.