![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2023/09/perder-pension-invalidez.png)
La recurrente sólo contaba con 3 cotizaciones antes de ser declarada inválida, por lo que no cumple el requisito objetivo establecido en el artículo 54 del D.L. Nº3.500, y la magistratura no puede reconocer un beneficio validando una ilegalidad, como en la especie, es no cumplir con las condiciones para el aporte adicional.
22 de enero de 2024