Es al centro hospitalario al que, en todo caso, le corresponde justificar la culpa exclusiva de la víctima o el caso fortuito, como evento imprevisible o inevitable, interno a la propia asistencia o actividad hospitalaria, lo que permite distinguirlo de la fuerza mayor. Y como hemos comprobado, la producción del daño tuvo su causa en la falta de medidas de vigilancia, control y prevención por parte del hospital.
Responsabilidad administrativa
El funcionario sometido a sumario pudo ejercer su defensa y recurrir ante sus superiores para impugnar la destitución, por lo que no se ha vulnerado el debido proceso.
Medida disciplinaria en contra de Directora de Obras Municipales de Osorno por el colapso del puente Cancura en 2018, se confirma por la Corte Suprema.
Normas que facultan al juez de cuentas para imponer una medida disciplinaria al cuentadante infractor, ya sancionado previamente por su jefatura, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
No existe relación de subordinación entre los Directores de los SERVIU y el Presidente de la República, que solo ejerce supervigilancia o tuición a través del Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Al carecer los indicados directores de un superior jerárquico, no tiene lugar la remisión de las copias a que alude el artículo 62 del Estatuto Administrativo (que permite a un subordinado desligarse de responsabilidad por una decisión ordenada por su superior, representándola).
Recurso de protección contra autoridades regionales y locales de Punta Arenas por abandono del ex Hospital Regional sigue su tramitación.
La infraestructura que albergaba al ex Hospital, ha sido incendiada en numerosas ocasiones, y destruida por las condiciones climáticas y de terceros.
Formulación de cargos en sumario administrativo es un acto intermedio o trámite que no contiene una decisión definitiva por lo que no es susceptible de impugnarse en sede de un recurso de protección, resuelve la Corte Suprema.
El recurrente conserva la totalidad de los derechos para ejercer su defensa; tales como formular descargos, defensas y pruebas e incluso, impugnar el acto terminal si lo estima pertinente.
Corte Constitucional de Colombia resuelve que la autoridad debe investigar a un Banco que declaró en mora por créditos impagos no contraídos a un hombre que denunció suplantación de identidad.
El banco informó, con fundamento en una investigación interna, que los productos financieros fueron obtenidos por terceros que engañaron al actor, para obtener sus datos personales. Sin embargo, reportó a la central de riesgo sobre los presuntos incumplimientos bancarios en que habría incurrido.
CGR se pronuncia sobre la juridicidad de las contrataciones celebradas por la DGA, vía trato directo, para la instalación de un iglú y la reparación de refugios emplazados en Campos de Hielo Sur.
El ente contralor concluye que las contrataciones en cuestión carecen de la debida motivación y, por tanto, no se ajustan a derecho.
CGR determinó que absolución en sede de policía local no obsta a que funcionario de la PDI sea sancionado en sede administrativa.
El funcionario fue sancionado pues no se presentó al servicio, debido a que en el trayecto se vio involucrado en un accidente de tránsito, constatándose que conducía bajo la influencia del alcohol.
Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección en contra de Contraloría Regional de Antofagasta por término de relación laboral del recurrente con Municipalidad de Taltal
La Corte de Apelaciones de Antofagasta señaló que despido se fundó en antecedentes de un sumario administrativo en el cual se constató responsabilidad administrativa del recurrente.