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Es al centro hospitalario al que, en todo caso, le corresponde justificar la culpa exclusiva de la víctima o el caso fortuito, como evento imprevisible o inevitable, interno a la propia asistencia o actividad hospitalaria, lo que permite distinguirlo de la fuerza mayor. Y como hemos comprobado, la producción del daño tuvo su causa en la falta de medidas de vigilancia, control y prevención por parte del hospital.