Asesor de seguros debe indemnizar en forma solidaria a cliente que sufrió un accidente de tránsito, por no informar la insolvencia de la aseguradora al momento de contratar.
El derecho de información que conforma uno de los pilares del sistema protectorio consumeril, tiene correlato en el deber de información impuesto a los proveedores de bienes y servicios en general, y en particular con la del productor de seguros y la compañía aseguradora. En la especie, se invocó la responsabilidad del productor de seguros por déficits en su obligación de asesorar al asegurado a fin de que éste obtenga la más adecuada cobertura.