El magistrado estableció la falta de servicio del Ministerio Público y del Servicio Médico Legal, por no haber realizado las diligencias de cotejo que habrían permitido identificar el cuerpo del joven desaparecido, Sergio Mardoff Peirano, y que fue encontrado en abril de 2015.
Responsabilidad del Estado
Si bien la seguridad es un valor que debe guiar la conducta de los servicios públicos, ello por sí solo no es suficiente para condenar al Estado como consecuencia de una lesión sufrida por un pasajero si el ferrocarril fue transferido en sub-concesión a un privado.
Estado colombiano debe indemnizar a menor a quien su padre policía, fallecido en un operativo, no reconoció en vida.
Municipio de Brasil y Departamento Estatal de Tránsito son condenados a pagar indemnización por muerte de trabajador en cumplimiento de sus funciones.
Municipalidad de Iquique debe resarcir los perjuicios causados a vecina que sufrió una caída debido al mal estado de la acera y la falta de señalización en el lugar.
Al acreditarse el deber de mantención de los bienes de uso público por parte del municipio y el mal estado de la acera, no hace falta averiguar las razones de ese problema para determinar la falta de servicio, puesto que esa responsabilidad es de carácter objetivo.
Corte de Santiago rechaza demanda de indemnización de perjuicios de víctima de violaciones a los Derechos Humanos por encontrarse prescrita la acción civil.
No por ser de índole constitucional y de derecho público, la responsabilidad civil del Estado no puede extinguirse por el transcurso del tiempo, dado que, por su carácter universal, la prescripción no es ajena a esas normativas y puede operar en todas las disciplinas del Derecho Público.
Fisco debe pagar indemnización por actuar erróneo e injustificado del Ministerio Público en investigación por delitos sexuales imputados a un padre en contra de sus hijos
El Ministerio Público se aparató de su objetivo primordial, la búsqueda de la verdad material, desarrollando una conducta tendenciosa, insistiendo en obtener pruebas que sirvieran a su pretensión, a efectos de mantener la prisión preventiva, aparatándose del principio de objetividad y de la presunción de inocencia.
Estado Argentino debe pagar indemnización a familiares de menor de edad fallecido producto de una balacera.
El infante fue alcanzado por el fuego cruzado entre bandas rivales, en una zona sin dotación de guardias policiales que hubieren evitado el enfrentamiento.
CS acogió recurso de casación y condena al Fisco por falta de servicio de Carabineros al no adoptar medidas de seguridad respecto a una persona con problemas psiquiátricos, la que se suicidó en el procedimiento.
Si los agentes policiales hubieran adoptado las medidas de seguridad, probablemente el deceso de la víctima no se habría producido.
CS desestima recurso de casación en el fondo deducido contra fallo que, a pesar de acoger el reclamo de ilegalidad, no dio lugar a solicitud de declaración del derecho a indemnización.
El perjuicio se habría producido por la Orden de Paralización impugnada, que impidió el funcionamiento de la sociedad en sus actividades de construcción.
Corte de Valparaíso establece responsabilidad del Estado y le ordena pagar $200 millones por muerte de detenido en celda.
Según el tribunal se incurrió en «falta de servicio» en el presunto suicidio de una persona en una comisaría ocurrido en 2013.
Cámara Nacional de Apelaciones argentina condena al Estado a pagar indemnización de perjuicios por daños provocados a una aeronave privada por la falta de mantenimiento de un hidrante.
Se encuentra acreditada la responsabilidad objetiva del Estado, ya que es dueño del hidrante en mal estado que provocó el accidente.
Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a pagar indemnización de perjuicios por falta de servicio por diagnostico errado del Hospital Militar.
Los daños a la actora derivaron directamente de un accidente vascular que el Hospital no trató de forma oportuna.
Corte de Antofagasta confirma sentencia que condenó al Fisco pagar indemnización de perjuicios por falta de servicio a un joven por apremios ilegítimos.
El demandado no rindió pruebas suficientes para desvirtuar la presunción de su responsabilidad civil extracontractual a causa de los daños provocados.