Responsabilidad extracontractual

Conductor es responsable por lesiones de acompañante porque debió cerciorarse que utilizara casco de seguridad antes de iniciar la marcha, resuelve un tribunal español.

Que la actora subiera a la motocicleta sin ponerse el casco y estuviera colocándose el mismo cuando se inició la marcha no implica que podamos determinar una concurrencia de culpas dado que ella no controlaba la acción de la circulación. En consecuencia, consideramos que hay base suficiente para considerar que el accidente no habría tenido lugar de haber acomodado el conductor de la motocicleta su conducción a las circunstancias del caso.

23 de enero de 2025

Internauta alemán cuyos datos personales fueron transferidos a Estados Unidos tras visitar un sitio web de la Comisión Europea debe ser indemnizado, resuelve el Tribunal General de la Unión Europea.

10 de enero de 2025
La Comisión no ha demostrado, ni siquiera alegado, la existencia de una garantía adecuada, en particular de una cláusula tipo de protección de datos o de una cláusula contractual. La visualización del hipervínculo «conectarse con Facebook» en el sitio de Internet de EU Login se rige únicamente por las condiciones generales de la plataforma Facebook.

Supermercado debe indemnizar a cliente de la tercera edad que sufrió lesiones al ser golpeada por una puerta automática, resuelve un tribunal español.

20 de noviembre de 2024
Las grabaciones fueron solicitadas de la forma en que exigió la demandada y, sin embargo, dijo haberlas borrado, tal actitud impide llegar a otro convencimiento que el que ha llegado el a quo. En consecuencia, ha de serle imputada a la demandada la falta de aportación de una prueba de la que disponía para acreditar que no había acaecido la caída como decía la demandante.

Hospital debe indemnizar a familia de adulta mayor que cometió suicidio al arrojarse por una ventana del recinto, resuelve tribunal español.

11 de noviembre de 2024
Es al centro hospitalario al que, en todo caso, le corresponde justificar la culpa exclusiva de la víctima o el caso fortuito, como evento imprevisible o inevitable, interno a la propia asistencia o actividad hospitalaria, lo que permite distinguirlo de la fuerza mayor. Y como hemos comprobado, la producción del daño tuvo su causa en la falta de medidas de vigilancia, control y prevención por parte del hospital.
Responsabilidad extracontractual.

Empresa de ferrocarriles no es responsable por la muerte de hombre que falleció electrocutado al ingresar a las líneas ferroviarias, resuelve un tribunal argentino: hecho es imputable a la imprudencia de la víctima.

Con prescindencia del fallo recaído en el proceso penal la conducta del hombre fue antijurídica. En efecto, al ingresar aquel voluntariamente al área prohibida y caminar por el corredor donde transitan las formaciones ferroviarias, transgredió normas legales expresas a riesgo para su salud y su vida perceptibles para cualquier persona que tuviera un mínimo de instrucción y de experiencia.

25 de octubre de 2024
España.

Aseguradora debe responder por daños causados por un perro que estaba en posesión de un familiar de la contratante del seguro.

Necesariamente el animal ha de figurar a nombre de un miembro de la misma, pero en realidad cualquier persona del núcleo familiar puede entenderse como propietario y poseedor, siendo en tal caso forzado considerar que ha sido cedida la posesión por quien sea administrativamente titular. Precisamente, en tal sentido, hay responsabilidad tanto en el dueño como en el poseedor, si bien por distintos títulos de imputación.

22 de octubre de 2024
Responsabilidad extracontractual.

Aseguradora debe cubrir daños de accidente causado por la presencia de papas en la calzada que cayeron desde el camión asegurado, resuelve un tribunal español.

Ninguna disposición de la normativa limita el alcance de la obligación de seguro y de la protección que esta obligación pretende conferir a las víctimas de accidentes causados por vehículos a los casos de utilización de estos vehículos en determinados terrenos o en determinadas vías.

16 de octubre de 2024
En demanda contra la misión EULEX Kosovo.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea delimita alcance de la competencia de los tribunales de la Unión en relación a la política exterior y de seguridad común (PESC).

La inclusión de la PESC en el marco constitucional de la Unión supone que los principios fundamentales del ordenamiento jurídico de la Unión también resulten de aplicación en este ámbito. Entre esos principios figura el respeto del Estado de Derecho y de los derechos fundamentales, valores que exigen que las autoridades de la Unión estén sujetas a control judicial.

16 de septiembre de 2024
Culpa es exclusiva del conductor.

Motorista debe indemnizar a peatona que atropelló mientras realizaba maniobras peligrosas y a exceso de velocidad, a pesar de que la mujer cruzó por un lugar no habilitado, resuelve un tribunal español.

Es claro que, ante una conducta tan grave de circular con exceso de velocidad en una vía urbana, realizando una maniobra peligrosa como la de realizar el «caballito» con la motocicleta y ante la presencia de la peatona efectuar una maniobra no adecuada para preservar la integridad de dicha persona, la presencia de la peatona no contribuyó de forma eficiente al resultado lesivo.

23 de agosto de 2024
Actividad riesgosa indemnizable.

Policía incurrió en responsabilidad extracontractual al herir con arma de fuego a un transeúnte durante una persecución policial, resuelve la Corte Suprema de Perú.

El uso del arma de fuego en la actividad policial constituye una actividad riesgosa, pues la reglamentación de su uso para situaciones excepcionales la ubican en una situación de actividad que supone un riesgo adicional al ordinario y común; por lo tanto, corresponde amparar la pretensión indemnizatoria de quien haya sido víctima de tal actividad.

11 de julio de 2024
Incumplimiento del deber de cuidado por falta de seguridad.

Dueño de discoteca debe indemnizar a cliente atacado con un arma por no tomar los recaudos necesarios para prevenir la agresión, resuelve la Corte Suprema de Perú.

Está acreditado que existe un daño que proviene de una obligación incumplida por parte del demandado, al omitir el deber de cuidado por la falta de seguridad del local de su propiedad, por lo que corresponde resarcir el daño producido según el quantum calculado por las instancias de mérito.

21 de junio de 2024
Recurso de casación en el fondo rechazado.

Demanda para que se considere doloso el procedimiento e indemnicen los perjuicios por interposición de medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos sobre derechos en un inmueble, se rechaza por la Corte Suprema.

Al no deducirse la demanda oportunamente se solicitó que se declarara que por ese solo hecho quedará responsable el que las solicitó de los perjuicios causados, considerándose doloso su procedimiento.

25 de abril de 2024