El deber de fundamentación de las resoluciones judiciales en conformidad con las normas que regulan la materia, en el caso, la concurrencia de los presupuestos de las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, que haga procedente la medida de prisión preventiva, fue cumplido cabalmente por la Corte de Santiago.
4 de febrero de 2024