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El bono compensatorio de sala cuna cumple un rol de reemplazo de un beneficio legal establecido dentro de las normas protectoras de la maternidad, paternidad y vida familiar.
El bono compensatorio de sala cuna cumple un rol de reemplazo de un beneficio legal establecido dentro de las normas protectoras de la maternidad, paternidad y vida familiar.
El monto compensatorio deberá ser el promedio del valor total de una sala cuna existente dentro del área geográfica del domicilio del empleador o de la trabajadora, correspondiendo a la trabajadora cotizar el valor mensual de al menos dos instituciones, estableciéndose como monto compensatorio el promedio de ambas.
El monto debe ser equivalente a los gastos que irrogaría la atención del menor en una sala cuna o bien permitir solventar los gastos de atención y cuidado en su propio domicilio o en el de la persona que presta los servicios respectivos.
La sala cuna institucional de Temuco se encuentra en mantención y no existen convenios con entidades externas.
El certificado expedido por un facultativo competente en tales términos constituye antecedente suficiente para ello.
Apunta a la necesidad de que los empleadores faciliten los horarios de acompañamiento al proceso de adaptación dentro de la jornada laboral, para que tanto la madre, padre o cuidador puedan contar con los permisos necesarios, para acompañar a este niño o niña en este tránsito hacia la adaptación y la confianza en estos espacios.
Los funcionarios con hijos menores de dos años pueden acceder a teletrabajo o trabajo remoto, en los términos que regula el artículo 206 bis del Código del Trabajo.
El pronunciamiento responde a la negativa de algunos órganos de la Administración del Estado de pagar los servicios prestados durante la crisis sanitaria.
Además, modifica el artículo 203 del Código del Trabajo, extendiendo el derecho a sala cuna a toda madre trabajadora, sin importar el número de mujeres que trabajen en la empresa.
El pronunciamiento complementa el dictamen N°E142955 de 2021.
La requirente debió denunciar oportunamente a fin que se realizara la fiscalización pertinente.