La magistratura estimó que la salud de la funcionaria es incompatible con el cargo, pese al informe de la Compin que concluye que es recuperable. No obstante, la cantidad de días de ausentismo fue determinante, pues en opinión de los magistrados “supera largamente el mínimo de 180 días que establece la norma”.
Salud incompatible
Declaración de vacancia de un cargo por salud incompatible no es arbitraria ni ilegal si el funcionario incurre en la causal objetiva de haber hecho uso de licencia médica por más de seis meses en dos años.
Expulsión de aspirante de la PDI se ajustó a derecho al no poseer una salud física y mental apta para continuar en el curso de formación.
Resolución que declara el término de contrato por licencias médicas que exceden el plazo legal debe fundarse en forma objetiva y suficiente.
Corresponde a la Comisión de Salud de la PDI, previa evaluación de la CONPIN, la declaración de salud incompatible de su personal.
No obstante, si la Comisión de Salud institucional concluye que la salud del funcionario es apta para que continúe en servicio, el Director General de la PDI, si así lo estima, podrá declarar la salud incompatible de ese servidor, no obstante que la COMPIN haya antes opinado que su salud es irrecuperable.
El cese de funciones por salud incompatible se encuentra fundado en el principio de servicialidad, siendo deber del jefe de servicio velar por la continuidad de las prestaciones.
Asimismo, la declaración de vacancia del cargo por este motivo, se dispone sin mediar declaración de salud irrecuperable o, lo que es lo mismo, cuando la autoridad técnica establece que su salud es recuperable.
Municipalidad de Machalí debe reincorporar a funcionaria a su cargo, porque la COMPIN no ha declarado que su salud es irrecuperable.
El municipio puso fin a la relación laboral basado en la salud incompatible de la funcionaria, en circunstancias que el informe de la COPMIN señaló que su salud era recuperable.
Declaración de salud recuperable faculta a la autoridad para declarar la incompatibilidad con el desempeño del cargo y resolver su vacancia por dicha causal.
La interpretación contraria implica sostener que dicha facultad fue suprimida por el legislador, lo que no ha ocurrido.
Funcionario de Carabineros debe ser evaluado nuevamente por la Comisión Médica Central, al fundarse la resolución impugnada en antecedentes incompletos.
Dicho informe fue la base de la Resolución que dispuso la baja por salud incompatible para el servicio, la cual deberá ser evaluada nuevamente por la recurrida.
Procede consultar a los funcionarios que han presentado licencias médicas si la patología que los afecta es cáncer, a fin de no considerarlas para la declaración de salud incompatible.
Ello, sin perjuicio de que el servidor pueda hacerlo presente en cualquier momento.
Retiro temporal de funcionaria de Carabineros que alegó vulneraciones al debido proceso y normas de protección de la maternidad, se ajustó a derecho.
La actora no pudo probar respecto de su presunto fuero maternal, que se encontraba en la hipótesis del artículo 197 bis del Código del Trabajo.
Para declarar vacante un cargo por salud incompatible, es necesario que previamente la COMPIN informe que la salud del funcionario es irrecuperable.
De esta forma, se da cumplimiento a los presupuestos de los artículos 151 y 152 de la Ley N°18.834.
Declaración de vacancia de cargo por salud incompatible requiere que informe previo de la COMPIN establezca que la salud del funcionario es irrecuperable.
De lo contrario, el acto administrativo es nulo por vulnerar la norma expresa que al respecto establece el artículo 148 del Estatuto Administrativo Municipal.
Hospital Sótero del Río debe reincorporar a psiquiatra cuyo cargo fue declarado vacante por salud incompatible.
El artículo 151 del Estatuto Administrativo permite declarar un cargo vacante sólo si el informe de la COMPIN ha concluido que la salud del funcionario es irrecuperable.