Salud irrecuperable

Decreto alcaldicio que declara la salud incompatible y vacante el cargo de funcionaria municipal cuando la COMPIN informa que no procede emitir pronunciamiento desde que la actora no cuenta con 180 días de reposo laboral, es ilegal.

El máximo Tribunal señala que la intención legislativa al establecer la obligatoriedad del informe previo de la COMPIN fue asegurar que un organismo técnico evalúe la salud del funcionario para determinar su recuperabilidad. En este caso la COMPIN determinó que no procede evaluar la salud de la funcionaria por salud irrecuperable, dado que no cumple con el requisito de 180 días de licencias médicas en un período de dos años, registrando únicamente 54 días autorizados, lo que torna ilegal la decisión de dar por terminado su vínculo estatuario.

20 de octubre de 2024

Declaración de salud recuperable impide a Jefe del Servicio declarar la vacancia del cargo por salud incompatible.

17 de abril de 2024
El tribunal Supremo estimó que las apreciaciones de un jefe de servicio no experto en ciencia médica, no pueden prevalecer respecto de la evaluación del COMPIN, órgano especializado y calificado en materias de salud laboral; por lo tanto, dejó sin efecto la resolución que declaró vacante el cargo de la actora y ordenó su inmediata reincorporación al servicio.

Declaración de vacancia de un cargo por salud incompatible no es arbitraria ni ilegal si el funcionario incurre en la causal objetiva de haber hecho uso de licencia médica por más de seis meses en dos años.

30 de enero de 2024
Los jefes de los servicios deben velar por la continuidad de la prestación de estos para la satisfacción de las necesidades colectivas que justifican su existencia, razón por la cual, no mediando abuso o desviación de poder, no es ilegal ni arbitraria la declaración de vacancia de un cargo por salud incompatible de quien lo sirve.
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