En nuestro ordenamiento jurídico no se admite la autotutela, por lo que resulta ilegal que el recurrido acuse y denigre al edil mediante redes sociales, porque con ello se afecta su honra, protegida en el N°4 del artículo 19 de la Constitución, atendido el alcance que poseen las redes sociales en la actualidad.
19 de julio de 2024