La Ley Orgánica de Gendarmería otorga al Director Nacional la facultad de decidir traslados, informó el recurrido. Pero advirtiendo la contradicción en lo relativo a la situación del interno y su conducta, resulta aconsejable que la petición de traslado se resuelva previo debate, con los antecedentes actualizados en una audiencia que al efecto citará la juez de la causa a la brevedad.
Sanción disciplinaria
Abogado peruano que trató de “hiena inhumana” a su hermano durante un litigio judicial es sancionado por colegio de abogados.
Acto impugnado no tiene carácter terminal, sino que es un acto trámite o intermedio por lo que el recurso de protección no puede prosperar, resuelve la Corte de La Serena.
Se falta al debido proceso si no se le permite a la estudiante presentar descargos y rendir prueba en forma previa la sanción que le fue impuesta.
Los abogados deben actuar como servidores de la Justicia, colaborar con los magistrados y ceñirse a los principios de lealtad, probidad, veracidad, honradez y buena fe, resuelve la Corte Suprema de Perú.
Su incumplimiento autoriza al órgano jurisdiccional la imposición de sanciones. La medida disciplinaria impuesta es proporcional a la entidad del injusto y la culpabilidad por el tipo infraccional disciplinario. Sostener que no conocía del recurso en cuya audiencia intervenía y que no estaba preparado revela una temeridad y falta de diligencia añadida, que no puede pasarse por alto.
Para sancionar disciplinariamente a recluso, el parte de denuncia debe indicar el verbo rector de la falta cometida, resuelve Corte de Talca.
No se trata de un detalle o de un formalismo, se trata del acto que debe ser sancionado, y este acto no está descrito en la propuesta de sanción.
La circunstancia de estar privados de libertad, con todo lo que ello implica tanto en lo formal, como en lo material que incluye una “cultura penitenciaria” particular, no impide que los internos gocen de las garantías mínimas de un debido proceso o procedimiento racional y justo frente a denuncias que pudieren afectar sus derechos.
Sanción disciplinaria a interno por no devolver una herramienta de trabajo luego de concluir su jornada laboral es ilegal, resuelve Corte de Talca.
Lo anterior, ya que se ve afectada la posibilidad que le asiste de postular al beneficio de libertad condicional, por cuanto los hechos que originan la sanción no son de aquellos que alteren el régimen penitenciario al tenor del artículo 76 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios.
Sanción disciplinaria impuesta a condenado a quien se le encontró droga se ajusta a derecho.
A través de una acción como la de la especie, no puede pretenderse que se subrogue una decisión jurisdiccional precedida de debate. Ergo, se persigue por esta vía modificar una resolución emitida por el tribunal de ejecución competente.
Sanción aplicada a estudiante tras una investigación sumaria no se ajustó al debido proceso por lo que debe ser dejada sin efecto.
La garantía del debido proceso no sólo se aplica a los procesos seguidos ante tribunales de justicia, sino también a los de tipo administrativo, incluso a los de carácter sancionatorio seguidos ante organismos privados, precisamente porque importan la aplicación de una sanción, que, como tal, siempre debe ser fruto de un racional y justo procedimiento.
Sanción impuesta a abogada que tosió debido a un “problema en la garganta y el consumo de una golosina” durante una audiencia, se deja sin efecto por un tribunal argentino.
La Excma. Corte ha dicho que un llamado de atención es una sanción, y que los jueces deben hacer uso mesurado de las medidas disciplinarias a fin de no causar entorpecimiento a la labor profesional, pues son capaces de poner en peligro el libre ejercicio del derecho de defensa en juicio.
El libelo perdió oportunidad al no ser posible disponer medida alguna de cautela de los derechos y garantías invocadas por los alumnos de cuarto medio sancionados con la suspensión de la ceremonia de despedida, resuelve Corte Suprema.
No se dio cumplimiento al Reglamento interno para la aplicación de las medidas disciplinarias, en cuanto no consta que se haya realizado la evaluación del Consejo de Profesores, por lo que se produce una afectación de la garantía de la igualdad ante la ley, razona la Corte de Rancagua.
Corte Constitucional de Colombia delimita las facultades disciplinarias que los partidos políticos poseen sobre sus parlamentarios.
En la aplicación de su régimen disciplinario interno especial de bancadas, los partidos políticos deben garantizar plenamente el derecho fundamental al debido proceso consagrado en el artículo 29 constitucional. La fuerza normativa de la garantía y el derecho al debido proceso no se restringe al ámbito público, sino que invade todo el ordenamiento jurídico, incluso las relaciones entre particulares.
Piloto del ejército sancionado con días de arresto por realizar una maniobra arriesgada durante el despegue del avión por innecesaria e irresponsable, se confirma.
La maniobra no está indicada como preceptiva en ese modo de despegue en ningún manual de vuelo ni táctico de la aeronave concernida, por lo que constituye la entraña de la sanción, no tanto la capacidad del F-18 para la realización de la maniobra denominada «tonel», sino su conveniencia en una misión en la que la aeronave se encuentra municionada y en acto de servicio de armas.
Expulsión de Director de Compañía del Cuerpo de Bomberos, se confirma por la Corte Suprema.
El recurrente fue sancionado conforme a derecho según los reglamentos internos de la institución, por la comisión de faltas gravísimas, como no ejercer adecuadamente la supervisión administrativa de su compañía, y dar a conocer asuntos administrativos en reuniones de oficiales. La medida se ajustó a derecho y durante todo el procedimiento el actor estuvo en conocimiento de los cargos investigados, y tuvo la posibilidad de controvertir.