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Se propuso la modificación del Código Penal e incluir sanciones como la cadena perpetua y pena capital ante el incremento de la inseguridad y el temor de la ciudadana.
Se propuso la modificación del Código Penal e incluir sanciones como la cadena perpetua y pena capital ante el incremento de la inseguridad y el temor de la ciudadana.
La Segunda Sala del máximo tribunal estableció yerro en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en la parte que absolvió a Pedro Octavio Espinoza Bravo, Eliseo Antonio Cornejo Escobedo y Jorge Ismael Gamboa Álvarez, condenándolos, en cambio, en calidad de autores de los delitos al haber tenido dominio sobre los hechos.
La Novena Sala del tribunal de alzada revocó al resolución que dispuso el cierre de la investigación y ordenó, pese a existir antecedentes suficientes para dictar auto de procesamiento, la realización de una serie de diligencias destinadas a establecer, entre otros, la responsabilidad de más agentes estatales en la privación de libertad de la menor, practicada por la DINA como una forma de presionar a su padre a entregarse.
No se desprende de los antecedentes allegados que la absolución fuere consecuencia necesaria del afán de abstraer al juzgado de la acción real de la justicia, generando una situación de impunidad a su respecto, que repugna a las obligaciones contraídas por el Estado en materia de protección de los Derechos Humanos, refiere el voto en contra.
Aumenta la sanción del delito si la privación de libertad dura más de 24 horas.
Una de ellas incrementa la sanción por un tiempo mayor de retención de la víctima; mientras que la otra impone un rango más estrecho de pena máxima frente a secuestros que presenten paralelamente consecuencias como la muerte del afectado/a.
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a Carlos Romelio Yáñez Campos a la pena de 10 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito.
La comisión respaldó, en general, un paquete de medidas presentadas por el Ejecutivo, que aborda materias como el sicariato, control de armas, el secuestro y las competencias de Gendarmería.
El Tribunal de alzada ordenó la libertad de los procesados, quienes permanecen en sus respectivos domicilios bajo la custodia de efectivos de Carabineros, previo pago de fianza de $500.000.
En la resolución el ministro Mesa Latorre sindicó al efectivo de la Policía de Investigaciones, a la época de los hechos, en calidad de autor del delito.
La pena de prisión no va contribuir en el comportamiento del acusado y le va generar perjuicios en varios ámbitos de su vida.