![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2022/07/Corte-Suprema-estatua-de-lado-medio-cuerpo.jpg)
Tratándose de una sanción procesal las normas que regulan este incidente especial han de ser interpretadas y aplicadas restrictivamente, por lo que no es permitido al interprete adicionar otros presupuestos de procedencia de la sanción que el o los expresamente indicados en la ley.