![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2024/06/Captura-de-Pantalla-2024-04-15-a-las-17.06.44-e1713215215177.png)
Descartó que haya incurrido en falta grave a la probidad administrativa por ejercer simultáneamente el cargo de Concejala en el municipio y en la Asociación Cultural de Cerrillos, al concluir que le resultaba aplicable y actuó de conformidad a los Estatutos -2019- vigentes a la época, que autorizaban la participación del municipio en la Asociación, en las personas del alcalde y de dos concejales, y que aquella fue elegida por el Concejo Municipal para comparecer precisamente en representación del municipio.
13 de junio de 2024