En el ámbito jurídico, un individuo autista no puede ser calificado como enfermo, toda vez que su condición es una diferenciación cognitiva dentro de la diversidad natural y propia de la naturaleza humana, pero que en caso alguno lo puede situar en la categoría de lo patológico, ni menos aún en una posición de menoscabo de su dignidad.
Seguro
Para ser beneficiario del aporte adicional y complementar los fondos de la cuenta de capitalización individual para el seguro de invalidez y sobrevivencia, la ley exige al menos seis meses de cotizaciones previsionales.
No se omite declarar enfermedad prexistente exigida para contratar seguro médico si la misma no había sido diagnosticada.
Corte de Apelaciones de Santiago ordena dar cobertura a seguro de protección oncológico.
SUSESO ordena a Codelco realizar exámenes para descartar enfermedad profesional a ex minero.
El solicitante trabajó más de 30 años como minero y presenta una enfermedad respiratoria no identificada.
SUSESO amplía plazo hasta el mes de agosto para usar los días que otorga la ley SANNA.
Ley SANNA establece un Seguro para que los padres puedan acompañar a sus hijos afectados por una condición grave de salud.
Encontrándose comprometido el derecho a la vida el Estado debe entregar cobertura a medicamentos de alto costo.
El Estado está al servicio de la persona humana y debe garantizar el derecho a la vida, argumenta la Corte Suprema para acoger el recurso de protección.
Declaración de salud debe considerar tanto enfermedades existentes al momento de suscribirla como las anteriores a la misma, resuelve la Corte Suprema.
Aparece de manifiesto que la recurrente carece de un derecho indubitado susceptible de ser protegido en sede de protección, toda vez que el rechazo a la cobertura del siniestro que solicitó se funda en la reticencia e inexactitud de la recurrente en su Declaración Personal de Salud.
Corte Suprema ordena a compañía de seguro pagar $141.188.231 por concepto de avería de maquinaria y descomposición de productos en cámaras frigorífica, cubiertos por póliza contratada.
El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencia impugnada.
Personal de la DGAC no se encuentra acogido al seguro obligatorio creado por la Ley N°21.063, para padres y madres trabajadores de niños afectados por una condición grave de salud.
Tal seguro permite a los trabajadores ausentarse justificadamente del trabajo por un tiempo determinado, recibiendo un subsidio en reemplazo de la remuneración o renta.
Recurso de protección en contra de aseguradora y Clínica Alemana por negar reembolso de cirugía, se declara admisible.
Las recurridas niegan la bonificación argumentando preexistencias en el asegurado.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda por incumplimiento de contrato de seguro médico.
El máximo Tribunal desestimó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó la de primer grado que acogió la demanda, con declaración que se eleva a $6.000.000, el monto que la empresa Seguros CLC SA, deberá pagar al demandante por concepto de daño moral.
Corte de Valdivia confirma fallo que condenó a compañía de seguros por incumplir contrato y no dar cobertura a siniestro.
El Tribunal de alzada rechazó el recurso de apelación presentado en contra de la sentencia dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno, tras establecer que la aseguradora no aportó pruebas que sustenten su hipótesis.
Proyecto de ley establece obligación para las empresas de transporte de contar con seguro de carga para los transportistas propios y tercerizados.
No es admisible que un trabajador decida arriesgar su vida por miedo a un descuento en las remuneraciones.