Los Senadores requirentes alegaron que el Decreto Supremo infringiría los límites de la potestad reglamentaria del Presidente de la República, regulada en el artículo 32 N°6 de la Constitución, en cuanto ha trasgredido y pretendido ampliar sus competencias, normando aspectos que corresponden a una ley general; la que establece las bases esenciales del medio ambiente (Ley N°19.300).
21 de marzo de 2024