Resolvió que la falta de recursos para mantener en buenas condiciones de funcionamiento el ELEAM de la Reina, es el motivo real que obligó a SENAMA a adoptar esta medida.
SENAMA
Vulnera el debido proceso la solicitud de SENAMA para que se le restituya una vivienda que entregó en comodato solo mediante una notificación, sin seguir el procedimiento legal en caso de oposición.
SENAMA no vulnera garantías de adulto de 70 años en situación de abandono por no ingresarlo a un Establecimiento de Larga Estadía del Adulto Mayor si actualmente se encuentra en una residencia particular mientras se libera un cupo.
SENAMA cuenta con la facultad para poner término anticipado al contrato de vivienda tutelada de un asignatario.
No se ha acreditado que la cuidadora haya privado a adulta mayor que padece de Alzheimer de los controles médicos que le corresponde realizarse en el CESFAM.
Si bien la recurrente basó su arbitrio en la vulneración del derecho a la salud, que no se encuentra amparado en su totalidad por el recurso de protección, de todas maneras, la Corte abordó el fondo del asunto en pos de cumplir las obligaciones que imponen los diversos tratados internacionales en relación a la protección de las personas mayores.
Entidades operadoras de los ELEAM deben cumplir con los principios de eficiencia y eficacia en las adquisiciones y contrataciones que realicen.
A través de ellas, el Estado persigue satisfacer necesidades públicas y colectivas.
ELEAM debe recibir a imputados para que cumplan medidas cautelares de arresto domiciliario total.
No existió ilegalidad en la decisión del tribunal, pues escuchó a todos los interesados y actuó conforme a su mandato legal.
Acción de protección en contra del Juez de Garantía que dispuso el cumplimiento de medida cautelar en Establecimiento para Adultos Mayores, se acoge a trámite.
No cumple con las condiciones para operar como un recinto para el cumplimiento de medidas cautelares, así como tampoco para operar como recinto para la detención de condenados.
Corte de Punta Arenas acoge el recurso de amparo y ordena a Senama no separar a madre e hijos con discapacidad severa.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario y discriminatorio de la recurrida al aplicar la normativa reglamentaria sin considerar las circunstancias que afectan a los recurrentes y sin brindarles una alternativa habitacional y de cuidados de salud.
Proyecto de ley promueve el envejecimiento positivo, el cuidado integral de las personas mayores y el fortalecimiento de la institucionalidad del adulto mayor.
Para avanzar hacia el reconocimiento pleno de este importante grupo en la sociedad.