El recurrente acusó que el ex edil publicó una sentencia previa en que se rechazó una acción cautelar por hechos análogos, aludiendo a su persona de forma injuriosa. No obstante, el ex jefe comunal eliminó dicha publicación de sus redes sociales, por lo que el recurso perdió oportunidad.
Sentencia
No existe fundamentación omisiva en la sentencia si en ella no se transcriben las declaraciones de los testigos de manera íntegra y textual, resuelve Corte de La Serena.
¿Qué significa la frase «Dies a quo» que tanto utilizan jueces, fiscales, abogados y juristas en general?
Tribunal argentino suspende el servicio de telefonía móvil de un alimentante como medida de apremio por no pago de deuda alimenticia.
CorteIDH condena a Paraguay por detención y tortura a policía durante intento de golpe en el 2000.
Entre las medidas de reparación dispone el pago de US$50.000.
Tribunal debe dar cumplimiento a la obligación de escriturar íntegramente la sentencia condenatoria, resuelve la Corte Suprema.
El artículo 39 del Código Procesal Penal, impone a la magistratura el deber de dar a conocer íntegramente por escrito los fundamentos que sustentan la decisión condenatoria, y no sólo la parte resolutiva del fallo, en caso contrario, el Tribunal vulnera el derecho a defensa del acusado.
Encontrándose comprometido el derecho a la vida el Estado debe entregar cobertura a medicamentos de alto costo.
El Estado está al servicio de la persona humana y debe garantizar el derecho a la vida, argumenta la Corte Suprema para acoger el recurso de protección.
Declaración de salud debe considerar tanto enfermedades existentes al momento de suscribirla como las anteriores a la misma, resuelve la Corte Suprema.
Aparece de manifiesto que la recurrente carece de un derecho indubitado susceptible de ser protegido en sede de protección, toda vez que el rechazo a la cobertura del siniestro que solicitó se funda en la reticencia e inexactitud de la recurrente en su Declaración Personal de Salud.
No procede que el ISP entregue información que tuvo a la vista para otorgar el registro sanitario de un medicamento. Forma parte de los derechos de carácter comercial o económico de un laboratorio.
Claramente es relevante para los intereses de su dueño, en el entendido que constituyen antecedentes que guardan relación con información confidencial y estratégica para el desarrollo económico de la empresa, en especial frente a sus competidores.
La sanción administrativa es un instrumento que el legislador entrega al órgano del Estado para que proteja y haga efectivo el cumplimiento de la política pública, siendo ese el fin que la justifica.
La Corte Suprema acogió el recurso de apelación deducido por Sociedad Austral de Electricidad S.A. (“SAESA”) y revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia que desestimó el reclamo de ilegalidad que interpuso en contra la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (“SEC”) por la multa que le fue impuesta. La SEC le aplicó […]
Jueces del fondo no pueden omitir el análisis y razonar en torno a la prueba acompañada en segunda instancia, resuelve la Corte Suprema.
Tal omisión vulnera la garantía procesal de que toda sentencia debe fundarse en un proceso previo y legalmente tramitado, configurando el vicio de nulidad formal del numeral 5 del artículo 768 del Código Civil.
Juez de Garantía debe escriturar dentro de plazo la sentencia condenatoria de forma íntegra, resuelve la Corte Suprema.
La magistratura sólo transcribió la parte resolutiva de la sentencia dictada en procedimiento simplificado, infringiendo el derecho a defensa del actor, quien no pudo conocer los fundamentos del tribunal para imponer el castigo.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda por incumplimiento de promesa de compraventa.
El máximo Tribunal descartó falta de fundamentación en la sentencia condenatoria, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco.
Identidad de quienes realizaron denuncias contra una funcionaria pública constituye información reservada, resuelve la Corte Suprema.
Hacerla pública desincentivaría gravemente el rol colaborador que le corresponde a todo ciudadano en la función fiscalizadora que la ley ha entregado al órgano contralor.