De conformidad al artículo 387 del Código Procesal Penal, la resolución que fallare un recurso de nulidad no es susceptible de recurso alguno. La Defensa debió presentar el recurso de apelación de forma subsidiaria al recurso de nulidad respecto a la pena sustitutiva.
Sentencia de reemplazo
Notificación al perito tasador, aceptación del encargo y propuesta de día y hora para audiencia de reconocimiento son gestiones útiles que impiden declarar el abandono del procedimiento en juicio de expropiación, resuelve la Corte Suprema.
Responsabilidad por falta de servicio: se anula sentencia que disminuyó monto de indemnización por daño moral en caso de negligencia del Servicio de Salud de Valdivia.
La Corte se extralimitó en sus competencias al anular la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso y dictar una de reemplazo, en vez de anular el juicio oral y ordenar que se celebre nuevamente por tribunal no inhabilitado.
Corte Suprema da por cumplida condena impuesta a acusado, al considerar como abono el tiempo que permaneció cumpliendo la cautelar de arresto domiciliario nocturno.
El máximo Tribunal estimó que la aplicación de la regla del artículo 348 del Código Procesal Penal, permite conmutar el tiempo de privación nocturno de libertad, por 12 horas de un día completo. Así, el imputado cumplió en exceso la pena principal con el tiempo efectivamente abonado por dicha medida cautelar.
El error de derecho es no haber impuesto la pena correspondiente a las diversas infracciones, estimadas como un solo delito, aumentándola en uno o dos grados, desde que resultaba favorable al penado.
El acusado pertenecía a una banda criminal dedicada a marcar, seguir, y robar a personas que retiraban altas sumas de dinero desde sucursales bancarias ubicadas en el sector sur de la capital, concretando más de nueve atracos entre diciembre de 2020 hasta diciembre de 2021, cuando los miembros de la organización fueron detenidos. El máximo Tribunal estimó que la pena debía ser unificada, y no aplicar las reglas del concurso real como lo hicieron los jueces orales.
Excepción de prescripción se acoge respecto de las cuotas vencidas con anterioridad a un año contado desde la notificación de la demanda, resuelve el máximo Tribunal.
Esto, en virtud del artículo 98 de la Ley N°18.092, por lo que corresponde continuar con la ejecución de las cuotas que tienen vencimiento inferior al año y las futuras en aplicación de la cláusula de aceleración.
No procede el abandono del procedimiento si los fundamentos materiales hicieron imposible cumplir con la notificación de auto de prueba atendida las consecuencias derivadas del estado de excepción constitucional.
Al decretarse el abandono del procedimiento se incurrió en error de derecho, toda vez que se aparta de la hipótesis que cimenta dicha figura jurídica, destinada a sancionar al litigante negligente, lo que no ocurrió en la especie.
Tratándose de una tutela o curaduría la obligación de rendir cuenta se encuentra prevista, por regla general, para el término de la administración. Por excepción, en la hipótesis de “causa grave” podrá exigirse durante la administración del tutor o curador pero debe ser acreditada.
La noción de “causa grave” como justificación de la solicitud de rendición de cuentas antes del término de la administración del tutor o curador no se encuentra definida en la ley, no obstante tratarse de una acepción utilizada en diversas normas del Código Civil.
Municipios están legitimados activamente para presentar reclamaciones ambientales con la finalidad de satisfacer las necesidades de la comunidad local y materializar la participación ciudadana.
El máximo Tribunal dispuso que vuelvan los autos al Tercer Tribunal Ambiental, a fin de que a través de Ministros no inhabilitados conozca y decida el fondo del asunto debatido.
En la etapa judicial preparatoria de notificación de facturas la impugnación no puede fundarse en la falta de entrega de mercaderías o prestación de servicios. La única oposición permitida es la falsificación material de la factura o del recibo.
Lo anterior luego de la modificación introducida por la Ley Nº20.956. En este caso la oposición se fundó en una serie de consideraciones relativas a la falta de mérito ejecutivo de los títulos y en la falta de prestación de los servicios indicados en las estas.
Si se proporciona la cuenta corriente para el depósito de dineros de un tercero, ello configura un mandato que obliga a rendir cuentas.
Los jueces incurrieron en un error de derecho al calificar erróneamente los hechos y rechazar la acción de rendición de cuentas.
Solicitud de cambio de nombre de ciudadana extranjera se acoge por la Corte Suprema. Ordena al Registro Civil practicar las subinscripciones u rectificaciones pertinentes en su inscripción de nacimiento.
La posibilidad de cambiar el nombre es un derecho reconocido a toda persona y, conforme lo previene el artículo 57 del Código Civil, la ley no reconoce diferencias entre el chileno y el extranjero en cuanto a la adquisición de derechos civiles.
La interrupción del término de la prescripción extintiva de la acción de cobro se verifica con la notificación de la demanda, no basta con la sola interposición de ésta.
A la fecha de la notificación ya había transcurrido el lapso previsto en el artículo 2.515 del Código Civil respecto del total de la deuda.