Los reclamantes alegan que respuestas entregadas por el SEA a sus observaciones respecto de ruido, corte de vías alternativas, reasentamiento de grupos humanos y sociales, paisaje y la necesidad de evaluar el proyecto vía Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y no como Declaración de Impacto Ambiental (DIA) como se llevó a cabo, no son completas ni precisas.
Servicio de Evaluación Ambiental (SEA)
Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación de vecino de Concón que buscaba el ingreso al SEIA de Edificio Duo.
Corte Suprema confirma sentencia del Primer Tribunal Ambiental y mantiene aprobación ambiental de la Central Eléctrica Canelillo en la Región de Coquimbo.
Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación de la Municipalidad de Conchalí contra procedimiento de evaluación de proyecto inmobiliario en avenida Independencia.
Segundo Tribunal Ambiental ratifica que proyecto fotovoltaico “Chicureo Solar” es compatible territorialmente dada la relevancia de la infraestructura energética.
El Tribunal determinó que las eventuales ilegalidades e incompatibilidad territorial del proyecto por ubicarse en una Área de Preservación Ecológica, de acuerdo con lo señalado en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), alegadas por los reclamantes, no existen.
Asociación indígena de Chiu-Chiu cuestiona aprobación del proyecto del área de relaves de Radomiro Tomic.
El reclamo ingresado en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) pretende revertir la calificación favorable del proyecto y lograr que ingrese nuevamente a evaluación, esta vez mediante un EIA y considerando una consulta indígena.
Segundo Tribunal Ambiental realizó audiencia en reclamación que pretende revocar permiso ambiental del proyecto “Chicureo Solar”.
Los reclamantes, dos vecinos de la comuna, acudieron al Tribunal luego que el Servicio de Evaluación Ambiental rechazó la reclamación administrativa que habían interpuesto en contra de la RCA que aprobó la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de la iniciativa de generación de energía eléctrica. Ambos, además, participaron como observantes durante el periodo de participación ciudadana (PAC) de la evaluación del proyecto.
Servicio de Evaluación Ambiental deberá ajustar su interpretación del Reglamento de Evaluación Ambiental, por carecer de sustento jurídico en la legislación de vivienda, urbanismo y medio ambiente, instruye la Contraloría.
No es posible entender que se está en presencia de una urbanización únicamente cuando se desarrolle la totalidad de las obras precisadas en la ley general de urbanismo, como lo entiende dicho servicio.
Corte Suprema confirma resolución que invalidó calificación ambiental de proyecto de gas natural licuado en el puerto de Talcahuano.
En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal descartó error de derecho en la resolución dictada por el Tercer Tribunal Ambiental, que anuló la calificación favorable del proyecto emitida por Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío (Coeva), la cual no consideró a la comuna de Penco dentro del área de influencia del proyecto denominado “Terminal Marítimo GNL Talcahuano”.
Proyecto Edificio Live Reñaca no requería someterse al SEIA y elaborar un EIA a pesar de construirse en las cercanías del Campo Dunar de Concón, resuelve la Corte de Valparaíso.
La edificación no se encuentra tipificada dentro de las causales que obligan a ingresar al SEIA. Además, la recurrente no aportó prueba del impacto ambiental específico que provocaría en el Campo Dunar, por lo que no existe una vulneración al artículo 19 N°8 de la Constitución.
Segundo Tribunal Ambiental ordenó al SEA conocer el fondo de alegaciones planteadas contra la RCA del proyecto minero de Vizcachitas Holding en Putaendo.
El Tribunal resolvió en primer lugar; acoger la reclamación de una parte de los vecinos y, en segundo lugar; acoger íntegramente la acción presentada por el municipio, reconociendo en ellos un interés en las reclamaciones de participación ciudadana.
Comunidades indígenas logran paralizar procedimiento de declaración de impacto ambiental de proyecto habitacional por afectar el humedal Mallinko Lafquen Wenumapu.
El procedimiento podrá reanudarse cuando se resuelva la solicitud que busca sea declarado como humedal urbano.
Acción de protección deducida por comunidad mapuche que busca frenar parque eólico, se acoge a trámite por la Corte de Concepción.
La recurrente sostiene que la resolución impugnada afecta directamente la forma en cómo realizan los cultos y ceremonias tradicionales, afectando tradiciones esenciales para la cosmovisión religiosa y ancestral del Pueblo Mapuche.
Corte de Santiago rechaza recurso de protección por proyecto de “Saneamiento del terreno Las Salinas”, ubicado en la comuna de Viña del Mar.
El Tribunal de alzada no hizo lugar a la acción constitucional, debido a que el recurso de protección no es la vía idónea para impugnar resoluciones de la autoridad ambiental, materias que deben ser conocidas y resueltas por el tribunal ambiental correspondiente.