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La requirente sostiene que la aplicación del precepto impugnado en la gestión pendiente infringe los artículos 19 N°2 y N°3 de la Constitución, al vulnerar los principios de igualdad ante la ley, debido proceso y proporcionalidad de las penas, debido a la incertidumbre jurídica que genera y a la excesiva discrecionalidad otorgada al SII.