La solicitud planteada excede los límites de la acción constitucional, ya que involucra el reconocimiento de derechos y la necesidad de formular declaraciones que deben ser resueltas por un tribunal competente a través de un procedimiento reglado conforme a la Ley 19.903. Además, la enmienda afectaría los intereses de otras nueve personas beneficiadas con la posesión efectiva de la herencia.
Servicio de Registro Civil e Identificación
Negativa del Registro Civil a otorgar la posesión efectiva en base a normas derogadas referidas a la forma de reconocer la filiación, vulnera el derecho a la identidad personal y la igualdad ante la ley.
Resolución administrativa que concede la posesión efectiva de la herencia que se encuentra inscrita solo puede modificarse por una resolución judicial y no es una materia que pueda ser resuelta en sede de una acción de protección.
No corregir apellido de la recurrente en documentos oficiales del Registro Civil es ilegal y vulnera su derecho a la identidad, resuelve la Corte de Santiago.
Recurso de protección contra Registro Civil por negativa a otorgar la posesión efectiva en base a discrepancias entre la identidad de la causante y su hijo, se admite a trámite por la Corte Suprema.
En su libelo el actor señala que la decisión del Registro Civil contraviene las normas relativas a la filiación, el estado civil y la sucesión intestada, recogidas en el Código Civil.
Negativa del Registro Civil de otorgar posesión efectiva basándose en normas derogadas sobre el reconocimiento de la filiación es ilegal, resuelve la Corte de Santiago.
Resolvió que el actuar del servicio recurrido es ilegal al basarse en normas derogadas, como son los artículos 271, 272 y 280 del Código Civil, que regulaban la filiación natural, y no considerar la normativa vigente, en particular, el artículo 188 del mismo cuerpo legal, que establece que la filiación se reconoce por la simple consignación del nombre del progenitor al momento de la inscripción del nacimiento.
Negativa de Registro Civil de eliminar definitivamente una anotación prontuarial del actor se ajusta a derecho, resuelve la Corte de Santiago.
El artículo 38 de la Ley N°18.216 obliga al organismo a mantener el registro de estas anotaciones para incluirlas en los certificados de ingreso a las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad, y Gendarmería, así como para informarlas a los Tribunales penales, por lo que no pueden ser eliminadas por esta vía.
Recurso de protección contra Registro Civil que rechazó anotar transferencia de vehículo, se admite a trámite por la Corte Suprema.
En su libelo, denunció que la recurrida no revisó adecuadamente los antecedentes del vehículo, negando su transferencia pese a que los gravámenes existentes fueron debidamente alzados y notificados en el Registro Civil, lo que se corrobora con el Certificado de Anotaciones Vigentes, donde no constan restricciones a la fecha de la compraventa ni posteriormente.
Registro Civil debe extender Hoja de Vida de Conductor y omitir condena penal que ha sido cumplida por el actor, resuelve Corte Suprema.
El máximo Tribunal aplicó el artículo 21 de la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y determinó que la omisión de antecedentes penales en los certificados solicitados no afecta su permanencia en el registro ni su comunicación a autoridades competentes.
Corte de Santiago declara vigencia de cédula de identidad sustraída mientras se tramita residencia definitiva y ordena al Registro de Civil la reimpresión del documento.
El artículo 43 de la Ley N°21.325, en cuanto a la vigencia de las cédulas de identidad de extranjeros, dispone en su inciso final: “Se entenderá que la cédula de identidad mantiene su vigencia, siempre y cuando el extranjero acredite que cuenta con un certificado de residencia en trámite vigente o hasta que la autoridad migratoria resuelva la respectiva solicitud”.
Reclamo de ilegalidad del Registro Civil contra decisión del CPLT se acoge por la Corte de Santiago: no procede ordenar la entrega de información que implica procesar o sistematizar datos que obran en poder del Servicio.
La información que se ordena entregar al amparo de la Ley de Transparencia es aquella que obra en poder de los respectivos servicios; la que emana directamente del ejercicio de sus fines y labores, y las atribuciones del Servicio recurrente se refieren a cuestiones administrativas determinadas, dentro de las que no se incluye la de efectuar trabajos estadísticos, como lo es determinar promedios y medianas que se solicitan en el caso sub lite, respecto de la información contenida en los registros que mantiene.
Proyecto de ley que perfecciona y confiere carácter público al Registro Nacional de Prófugos de la Justicia, en los casos que indica, avanza en su tramitación.
La moción busca perfeccionar el actual registro, para facilitar la identificación de las personas y ayudar a su pronta captura.
Registro Civil actúa arbitrariamente al no conceder al hijo la posesión de efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de su madre.
Determinada la filiación conforme a la ley, se tiene por comprobado el estado civil de hijo respecto de su madre. En otras palabras, el estado civil es una de las consecuencias que trae aparejada la filiación legalmente determinada.
Proyecto de ley de tratamiento de datos personales pondría trabas para el desarrollo de modelos de prevención de delitos económicos.
Expertos advierten que, tal como está presentado el proyecto actualmente, el acceso y tratamiento de la información contenida en las fuentes de acceso público se verían muy restringidos, lo que dificultaría que las empresas –sobre todo las no relacionadas al mercado crediticio– puedan revisar data hasta ahora disponible, en el Registro Civil y SII, entre otros organismos.