![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2021/06/presos.jpg)
El Tribunal de alzada descartó actuar arbitrario de los organismos recurridos, tras establecer que la concreción del sufragio de los reclusos, requiere de la dictación de una normativa legal que regule cómo se ejercería dicho derecho.
17 de junio de 2021