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Las resoluciones apuntan a cuidar la salud mental de niños, niñas y adolescentes institucionalizados y que el Injuv desarrolle programas para quienes egresan del sistema de Protección Especializada y del Sistema de Justicia Penal Adolescente.
Las resoluciones apuntan a cuidar la salud mental de niños, niñas y adolescentes institucionalizados y que el Injuv desarrolle programas para quienes egresan del sistema de Protección Especializada y del Sistema de Justicia Penal Adolescente.
El Tribunal de alzada acogió el recurso de amparo y ordenó al servicio dar cumplimiento a lo dispuesto por el Juzgado de Familia de Antofagasta con fecha 25 de abril, en un plazo máximo de cinco días, al vulnerar sus derechos de libertad personal y seguridad individual.
De igual modo debe ejercer las funciones y atribuciones que correspondan al SENAME en aquellas materias relativas a la línea de acción, Oficinas de Protección de Derechos (OPD).
No puede excusarse en la falta de dictación de reglamentos de programas y financiamiento, por cuanto constituye una obligación que le ha impuesto el legislador.
No obstante, deberá arbitrar todas las medidas de índole preventivo para resguardar la vida, la integridad física y psíquica y la honra de sus funcionarios, las que deberán ser compatibles con la protección del interés superior del niño, en los términos anotados en el dictamen.
El Tribunal de alzada estableció que la libertad de expresión e información debe ceder ante la garantía de protección a la honra y la vida privada de menores de edad y adolescentes.