Las resoluciones apuntan a cuidar la salud mental de niños, niñas y adolescentes institucionalizados y que el Injuv desarrolle programas para quienes egresan del sistema de Protección Especializada y del Sistema de Justicia Penal Adolescente.
Servicio Mejor Niñez
Corte de San Miguel ordena al Servicio Mejor Niñez proveer oferta programática residencial para adolescentes y una niña que presentan condiciones de salud crónicas y diversas patologías.
Servicio Mejor Niñez debe entregar copia de la evaluación técnica realizada a la seleccionada para el cargo de abogada especializada, tarjando previamente sus datos personales.
Información sobre el género de niños, niñas y adolescentes de programas de Mejor Niñez no está registrada actualmente en los datos que maneja el Servicio Mejor Niñez.
Corte de Antofagasta ordena a Servicio Mejor Niñez ingresar a adolescente a residencia implementando las medidas necesarias para resguardar su salud mental y supervisar su tratamiento farmacológico.
El Tribunal de alzada acogió el recurso de amparo y ordenó al servicio dar cumplimiento a lo dispuesto por el Juzgado de Familia de Antofagasta con fecha 25 de abril, en un plazo máximo de cinco días, al vulnerar sus derechos de libertad personal y seguridad individual.
Mientras no se implementen las oficinas locales de la niñez, niños, niñas y adolescentes cuya atención habría correspondido al SENAME, son sujetos de atención del Servicio Mejor Niñez.
De igual modo debe ejercer las funciones y atribuciones que correspondan al SENAME en aquellas materias relativas a la línea de acción, Oficinas de Protección de Derechos (OPD).
Servicio Mejor Niñez incumple sus funciones al no coordinarse con el sistema público de salud para proveer peritajes especializados de diagnóstico clínico.
No puede excusarse en la falta de dictación de reglamentos de programas y financiamiento, por cuanto constituye una obligación que le ha impuesto el legislador.
No corresponde que el Servicio Mejor Niñez persiga la responsabilidad de niños, niñas y adolescentes sujetos de su cuidado, por hechos cometidos en contra de sus funcionarios.
No obstante, deberá arbitrar todas las medidas de índole preventivo para resguardar la vida, la integridad física y psíquica y la honra de sus funcionarios, las que deberán ser compatibles con la protección del interés superior del niño, en los términos anotados en el dictamen.
Corte de Concepción rechaza recurso de protección contra juezas de familia por prohibir a empresa periodística difundir imágenes de hogar de menores.
El Tribunal de alzada estableció que la libertad de expresión e información debe ceder ante la garantía de protección a la honra y la vida privada de menores de edad y adolescentes.