Sexting

Tribunal español delimita los presupuestos del delito de “sexting”. Resuelve que enviar la foto de una menor en bikini no es pornografía y que debe existir embaucamiento por parte del acusado.

El sexting proviene de la contracción de sex (‘sexo’) y texting (‘mensajear’), y supone el embaucamiento de un menor para obtener material o imágenes pornográficas. Es decir, consistiría en el envío de mensajes de contenido sexual a través de las TIC para conseguir que un menor de dieciséis años facilitase o mostrase material pornográfico.

17 de junio de 2024