Tribunal Tributario y Aduanero acoge reclamo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y anula resolución exenta dictada por el SII.
La resolución impugnada no cumple con los requisitos exigidos a los actos administrativos terminales, pues es infundada jurídicamente y errada en sus motivaciones, por lo que la única forma de sanear el perjuicio sufrido por el contribuyente es declarar su nulidad tributaria.