La requirente alega que las normas legales objetadas infringen el derecho de propiedad y el principio de continuidad de la empresa, desde que permiten que un tercero realice una propuesta u oferta a su arbitrio y con ello que los acreedores mayoritarios puedan aceptarla unilateralmente con el solo objeto de cubrir su crédito.
17 de junio de 2024