![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2022/08/pension-de-vejez.png)
Se constató que la tramitación descuidada del abogado solicitante y las omisiones procedimentales de la entidad recurrida vulneraron sus derechos al mínimo vital y a la seguridad social.
17 de agosto de 2022
Se constató que la tramitación descuidada del abogado solicitante y las omisiones procedimentales de la entidad recurrida vulneraron sus derechos al mínimo vital y a la seguridad social.