Solicitud de asilo


Suspensión unilateral de medidas de traslado de solicitantes de asilo por decisión del Estado miembro responsable, no acredita de por sí la existencia de deficiencias sistémicas en las políticas de asilo, resuelve el TJUE.

22 de diciembre de 2024
En el contexto del sistema europeo común de asilo, y en particular del Reglamento Dublín III, debe presumirse que el trato dispensado a los solicitantes de protección internacional en cada Estado miembro es conforme con las exigencias de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.

Chipre debe indemnizar a refugiados sirios solicitantes de asilo que fueron expulsados arbitrariamente de su territorio, resuelve el TEDH.

12 de octubre de 2024
La expulsión de migrantes y solicitantes de asilo es “colectiva” si se obliga a extranjeros, como grupo, a abandonar un país, “excepto cuando tal medida se tome sobre la base de un examen razonable y objetivo del caso particular de cada extranjero del grupo”. El propósito de la normativa es, por lo tanto, evitar que los Estados expulsen a ciudadanos extranjeros sin examinar sus circunstancias personales y sin permitirles presentar sus argumentos en contra de la expulsión.
Denuncia violaciones a los derechos humanos.

Informe que analiza la situación de los migrantes en América Latina publica Human Rights Watch.

El informe fue elaborado en el contexto de un aumento significativo de migrantes, procedentes en su mayoría de Haití y Venezuela, así como de otros países de Sudamérica y África, que buscan cruzar el Tapón del Darién para dirigirse hacia América del Norte. Frente a este aumento, Estados Unidos y Canadá han implementado controles migratorios adicionales.

19 de septiembre de 2024
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Estados miembros no están obligados a reconocer automáticamente el estatuto de refugiado otorgado por otro Estado miembro pues pueden evaluar nuevamente la solicitud, resuelve el TJUE.

Cuando la autoridad competente no pueda declarar inadmisible una solicitud de protección internacional presentada por un solicitante al que otro Estado miembro ya haya concedido dicha protección, por haber un grave riesgo de que sea sometido a tratos inhumanos o degradantes en ese otro Estado miembro, debe hacer un nuevo examen individual, completo y actualizado de los requisitos para la concesión del estatuto de refugiado.

7 de julio de 2024
Incumplió fallo dictado en 2020.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea condena a Hungría por violar el Derecho de la Unión en materia de protección internacional de migrantes.

Al proceder de este modo, dicho Estado miembro, vulnerando el principio de cooperación leal, evita deliberadamente aplicar la política común de la Unión en materia de protección internacional en su conjunto, así como las normas sobre la expulsión de los nacionales de terceros países en situación irregular. Este comportamiento constituye una amenaza importante para la unidad del Derecho de la Unión.

19 de junio de 2024
Estados Unidos.

Organizaciones humanitarias demandan al gobierno federal por la orden ejecutiva dictada por el presidente Joe Biden que restringe las solicitudes de asilo.

Cuestionan la medida aduciendo que la prohibición de asilo infringe el derecho fundamental a buscar protección, reconocido tanto por la legislación nacional como internacional. Los críticos sostienen que la política aumentará la vulnerabilidad de los migrantes y añadirá presión al sistema de asilo de México.

18 de junio de 2024
Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Orden de expulsión de ciudadano ruso decretada por las autoridades francesas por razones de seguridad nacional, se ajusta a derecho.

El demandante no probó debidamente que existieran motivos serios y probados para creer que si fuera devuelto a Rusia correría un riesgo real y presente de ser sometido a un trato contrario al artículo 3 del Convenio esto es, prohibición de la tortura y de tratos inhumanos y degradantes. Así, la ejecución de la medida de expulsión respecto del demandante no violaría, en las circunstancias del presente caso, esas garantías.

19 de febrero de 2024
Decisión adoptada en el marco de la solicitud de un migrante sirio.

Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea pueden constituir una nueva circunstancia que amerite la reevaluación de una solicitud de asilo previamente rechazada.

Para que una sentencia del Tribunal de Justicia constituya una nueva circunstancia que justifique un reexamen completo, es necesario que dicha sentencia aumente significativamente la probabilidad de que el solicitante tenga derecho a ser beneficiario del estatuto de refugiado.

13 de febrero de 2024
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Obligación de informar y realizar entrevistas personales a los solicitantes de asilo es exigible a todos los Estados miembros que intervienen en el procedimiento de asilo, resuelve el TJUE

Las diferencias de opinión entre los Estados miembros en lo concerniente a la interpretación de los requisitos de la protección internacional no demuestran la existencia de deficiencias sistemáticas. Cada Estado miembro debe considerar, salvo en casos excepcionales, que los demás Estados miembros respetan el Derecho de la Unión y, muy especialmente, los derechos fundamentales reconocidos.

6 de diciembre de 2023
Contrario a los tratados internacionales.

Corte Suprema del Reino Unido dictamina que el plan de deportación de migrantes a Ruanda es ilegal.

El fallo valida las advertencias de expertos legales que afirmaban que la idea era inviable, dadas las obligaciones de Reino Unido bajo diversos tratados internacionales. En el veredicto, se destacó la posibilidad de que los solicitantes de asilo en Ruanda enfrenten la «devolución», exponiéndolos a la posibilidad de ser enviados de vuelta a sus países de origen para enfrentar violencia y maltrato.

21 de noviembre de 2023
Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Bélgica vulneró los derechos de un solicitante de asilo al retrasar el cumplimiento de un fallo que ordenó conferirle alojamiento.

El derecho protegido por el artículo 6 de la Convención debía interpretarse a la luz de su Preámbulo, que declara el Estado de Derecho como patrimonio común de los Estados Contratantes. Uno de los aspectos fundamentales de este Estado es el principio de seguridad jurídica, que exige, en particular, que cuando los tribunales hayan resuelto definitivamente una cuestión, su decisión no debe ser cuestionada

16 de agosto de 2023