Resolvió que no se configuró ninguna causal legal que exima del pago de la patente, dado que la reclamante no acreditó la existencia de obras de captación autorizadas, y la solicitud de traslado de los puntos de captación no constituye una causal de exoneración según la ley. Finalmente, añadió que el retraso en la autorización del traslado no exime de la obligación de pago, pues las excepciones están taxativamente previstas en el artículo 129 bis 9 del Código de Aguas.
28 de noviembre de 2024