El requerido fue solicitado por la justicia de su país para ser juzgado por un delito de tráfico presuntamente cometido en el año 2013, ilícito cuya acción penal se encuentra prescrita según nuestra legislación, por lo tanto, en la especie no se cumple con el requisito de la letra c) del artículo 449 del Código Procesal Penal.
8 de enero de 2024