Statu quo

Alteración de deslindes de un predio mediante vías de hecho constituye un acto ilegal y arbitrario.

Es un hecho no controvertido que el recurrido ha modificado los deslindes por su propia mano, aun cuando tenga los derechos que ha alegado, las vías de hecho han modificado el estatus quo entre las partes, no siendo la vía correcta, debiendo el recurrido ejercer las acciones legales pertinentes, ya que la alteración por vías de hecho es un supuesto suficiente para hacer procedente la tutela cautelar de urgencia que implica la acción de protección.

15 de febrero de 2025