Stealthing

Si la víctima consiente la penetración se debe condenar por abuso sexual y no por violación si el acusado se retira el preservativo sin consentimiento durante la relación sexual.

El engaño del sujeto respecto de la utilización del preservativo, simulando su llevanza conforme a lo acordado, para quitárselo, o no llegar a ponérselo, afecta a la forma de la injerencia, al grado de injerencia en la relación consentida, por lo que tiene la relevancia precisa para afirmar la tipicidad en el delito de violación, refiere el voto en contra.

3 de julio de 2024

El Tribunal Supremo declara delictivo el ‘stealthing’.

2 de junio de 2024
El Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha declarado por unanimidad que el ‘stealthing’ es delictivo. En la deliberación sobre la pena a imponer, cinco magistrados, que anuncian voto particular, entienden que debe ser la correspondiente a una penetración sin consentimiento.

El Supremo deliberará sobre si los casos de «stealthing» son delitos contra la libertad sexual, como están ya fallando los tribunales.

22 de enero de 2024
El condenado y la víctima se disponían a mantener relaciones sexuales consentidas en un coche aparcado en un descampado, como habían hecho en otras ocasiones en los últimos meses. Antes del encuentro sexual, él la avisó de que se estaba tratando por una enfermedad de transmisión sexual. Ella reaccionó consintiendo a las relaciones sexuales pero con protección. Sin embargo, él no llegó a ponérselo en ningún momento, fingiendo que sí lo había hecho.
Pena de presidio menor en su grado mínimo.

Avanza proyecto que sanciona la remoción no consentida del preservativo.

Las diputadas de la Comisión de Mujeres de la Cámara escucharon los planteamientos de la abogada magister en derecho penal, Angélica Torres, y de la estudiante de derecho de la Universidad Diego Portales, Patricia Godoy, quienes entregaron mayores antecedentes sobre la iniciativa.

3 de diciembre de 2021
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