El máximo Tribunal redujo de cinco a dos los años de suspensión de la licencia de conducir del acusado, al observar que el Juzgado de Garantía consideró una condena previa por el mismo hecho, dictada once años atrás, y que, por ende, se encontraba prescrita según el artículo 104 del Código Penal.
27 de junio de 2024