Tasación de especies

Proceso de valoración de la prueba no permite reproducir el razonamiento utilizado por el tribunal para concluir respecto del “avalúo prudencial de las especies sustraídas”, grado de desarrollo del delito de hurto y la participación de los acusados.

Dicha deficiencia, sin lugar a duda, resuelve la Corte de Santiago, ha tenido influencia substancial en lo dispositivo del fallo, toda vez que condujo a dar por establecido los elementos típicos de un delito de hurto en grado de consumado y, en consecuencia, condenar a los acusados como autores del mismo, sin dar razones suficientes que sirvan de sustento válido a tal decisión.

3 de diciembre de 2024