TC declaró admisible inaplicabilidad que impugna normas que le impiden a la Universidad Central contratar con el Estado.
Se condenó a la Universidad en virtud de que desvinculó a un trabajador de forma discriminada motivado en su opinión política.
Se condenó a la Universidad en virtud de que desvinculó a un trabajador de forma discriminada motivado en su opinión política.
Se excluye a la víctima de su legítimo derecho constitucional del ejercer la acción penal.
Es acusado de los delitos consumados de robo en lugar no habitado, tráfico de influencias, tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades y falsificación de documento público.
Obligar a transferir dinero de propiedad de las compañías contraviene la ley del contrato, el valor de la seguridad jurídica y los atributos y facultades esenciales del dominio.
El requirente inició un proceso de tutela por vulneración de derechos fundamentales, despido indebido y cobro de prestaciones.
En la gestión pendiente se celebró una audiencia en rebeldía de la requirente, quien alegó falta de notificación, el incidente fue rechazado y no se concedió el recurso de apelación.
Las normas objetadas permiten decretar el desalojo sin oír previamente a la entidad afectada.
La norma legal impugnada produce un efecto que pugna con la racionalidad y justicia procedimental garantizada en el artículo 19, Nº 3º, inciso sexto, de la Constitución.
El Teniente Coronel retirado temporalmente de la institución por haber organizado una reunión con un aforo mayor al permitido, alega que la presunción de culpabilidad no le ha permitido desvirtuar los cargos que se le imputaron, ni de contar con asesoría letrada.
Con ello los procedimientos se dilatan indefinidamente sin que la parte diligente cuente con herramienta alguna procesal para impedirlo.