TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnó normas que excluirían de la aplicación del derecho laboral a funcionarios de Universidad Estatales.
Adolece de falta de debido fundamento plausible.
Adolece de falta de debido fundamento plausible.
La información que fue entregada por la requirente se realizó bajo la confianza legítima de que el órgano no la divulgará de una manera más extensa que la expresamente autorizada por el ordenamiento.
Los preceptos impugnados infringen el derecho de propiedad, la igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, el derecho a la igual repartición de las cargas públicas, la libertad en el desarrollo de la actividad económica, y adolecen además de vicios de inconstitucional formal.
El ejecutado laboral ve restringidas y limitadas sus defensas sólo a las cuatro excepciones del artículo 470 del Código del Trabajo.
Restringir el recurso de apelación provocaría una diferencia no razonable, infundada y arbitraria.
Se infringirá la garantía de que ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona esté expresamente descrita en ella.
Adolece de falta de debido fundamento plausible.
La suspensión del derecho a sufragio debió haber provenido de una autorización judicial previa y no como consecuencia de una actuación administrativa realizada de oficio por el Tribunal.
Resulta más bien un problema de interpretación y de determinación de preceptos legales aplicables al caso sub judice y no propiamente un problema de conflicto entre un precepto legal y la Constitución Política.
Se condenó a la Universidad en virtud de que desvinculó a un trabajador de forma discriminada motivado en su opinión política.