El ejercicio del poder de organización no puede violar derechos que integran el orden público laboral del que, como tal, no se puede prescindir. Extremo éste que, como se observa, se verificó en autos por vía de la creación de un plazo de caducidad para el reclamo de los reintegros ajeno a la ley.
Teletrabajo
Despido de directivo de fundación por desempeño deficiente se ajusta a derecho, resuelve un tribunal español: no cumplía la jornada laboral y visitaba sitios web ajenos mientras teletrabajaba.
Corte de Valdivia ordena a servicio público otorgar opción de teletrabajo a funcionaria con movilidad reducida.
Empleadores deben priorizar el teletrabajo si esta modalidad contribuye a mejorar la inclusión y dignidad de los trabajadores, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.
Accidente en bicicleta sufrido por trabajador que fue a comprar alimentos para cocinar durante su hora de colación, califica como accidente común.
El accidente no se produjo a causa o con ocasión del trabajo.
Funcionarios públicos sujetos al Código del Trabajo tienen limitaciones para pactar teletrabajo.
Cuando el legislador ha autorizado a los organismos públicos para acceder al teletrabajo, lo ha hecho expresamente e imponiendo una serie de restricciones, las que encuentran su justificación en el carácter público de la función que estos ejercen.
Autoridades públicas no se encuentran facultadas para suscribir contratos de teletrabajo previstos en la ley 21.645.
No obstante, para el año 2024, las jefaturas de los servicios públicos pueden eximir del control horario de la jornada de trabajo hasta un 20% de su dotación, teniendo preferencia para acceder al beneficio los funcionarios o funcionarias que tengan bajo su cuidado a niños y niñas menores de 14 años o una persona con dependencia severa.
Dirección del Trabajo interpreta sentido y alcance de la ley que modifica el Código del Trabajo y regula un régimen de trabajo a distancia y teletrabajo
La Dirección del Trabajo emitió el dictamen Nº 67/1 de 26 de enero de 2024, que Fija sentido y alcance de la Ley N°21.645, publicada en el Diario Oficial con fecha 29.12.2023, que Modifica el Título II del Libro II del Código del Trabajo «de la protección a la maternidad, paternidad y vida familiar” y regula un régimen de trabajo a distancia y teletrabajo en las condiciones que indica.
Ley que prórroga para el año 2024 el teletrabajo en la administración central del Estado, fue publicada en el Diario Oficial.
Faculta a las jefaturas de los servicios públicos eximir del control horario de la jornada de trabajo hasta un 20% de su dotación, el cual podrá acceder a la modalidad de trabajo híbrido, con tres jornadas presenciales a la semana.
Avanza a segundo trámite prórroga del teletrabajo en el sector público.
Durante el debate, los senadores enfatizaron que no se trata de un proyecto de teletrabajo para los trabajadores fiscales, sino más bien, de una disposición que solo rige para este año. Así, se abogó por la presentación de una norma general.
Ley que modifica el Código del Trabajo y regula un régimen de trabajo a distancia y teletrabajo, fue publicada en el Diario Oficial.
Introduce el reconocimiento de nuevos derechos laborales destinados a favorecer la idea de conciliar la vida familiar.
Comienza trámite de proyecto sobre conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
La iniciativa incorpora el reconocimiento de derechos laborales destinados a la conciliación de la vida familiar.
Norma que permite el Teletrabajo avanza a la Cámara Baja.
Durante el debate, en forma unánime, los congresistas hicieron ver la necesidad de que los trabajadores del sector público también puedan acceder a esta modalidad puesto que la iniciativa solo lo contempla para el ámbito privado.
Empleador debe determinar si las funciones de docentes y asistentes de la educación pueden realizarse vía telemática, en caso de calamidad pública o alerta sanitara.
En caso de no ser posible, el empleador estará obligado a destinar a la persona gestante a labores en las que no tenga contacto con personas que carezcan de la calidad de trabajadores del establecimiento educacional, con acuerdo de la trabajadora, cuando sea posible.