Tercero de mala fe

Si el demandante no puede acreditar ser el dueño de la propiedad que reclama, no puede demandar la restitución de un inmueble mediante la acción reivindicatoria.

En la especie, el demandante vendió la propiedad a una persona que no pagó la totalidad del precio, que luego vendió la propiedad al demandado. Por ello no puede reclamar dominio respecto de un bien que ya salió de su patrimonio, independiente que con posterioridad haya anulado la primera venta, pues dicho juicio es inoponible al dueño actual del predio.

1 de agosto de 2024