Resolvió que la recurrida, al aplicar indebidamente la compensación, vulneró el derecho del recurrente a percibir sus remuneraciones y feriado proporcional que obtuvo con ocasión de una sentencia laboral favorable, ya que dicha compensación no es aplicable a créditos no tributarios como los derivados del Crédito con Garantía Estatal.
Tesorería General de la República (TGR)
Recurso de protección contra Tesorería por retener parte de la indemnización como víctima de tortura y prisión política para compensarla con deudas tributarias, se admite a trámite por la Corte Suprema.
Tesorería no puede compensar deudas tributarias con una indemnización laboral de la que el contribuyente es acreedor, resuelve la Corte Suprema.
Compensación de deuda tributaria efectuada por la TGR con indemnización por daño moral otorgada a familiar de víctima secuestrada y desaparecida en manos de agentes del Gobierno Militar es improcedente, resuelve Corte Suprema.
Retención de remuneración laboral efectuada por la TGR es indebida para compensar deuda CAE, resuelve Corte Suprema.
Declaró que la aplicación de la compensación tributaria que permite la Ley Orgánica del Servicio de Tesorerías, no resulta plausible para extinguir las obligaciones contraídas al amparo de la Ley N° 20.027, ya que ella establece una regulación especial no sólo para el financiamiento de estudios de educación superior, sino que, también, para la obtención del pago de los créditos garantizados, a través de la retención de la devolución de impuestos a la renta.
Normas que habilitan a la Tesorería General de la República a compensar créditos del contribuyente con deudas de éste originadas en multas sanitarias, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Cadena farmacéutica estima que las normas objetadas vulneran la garantía del debido proceso y propiedad, permitiendo al organismo administrativo constituirse en una “comisión especial” que autotutela sus intereses.
Compensación de multa sanitaria cursada a la ex convencional y montos correspondientes a su devolución de impuestos efectuada por la TGR no es susceptible de ser debatida mediante recurso de protección, resuelve la Corte Suprema.
La multa sanitaria impuesta a la ex constituyente se encuentra actualmente bajo el conocimiento del Undécimo Juzgado Civil de Santiago, tribunal ante el cual la actora puede efectuar alegaciones y peticiones sobre la materia discutida.
Pago parcial de deuda tributaria efectuado luego de transcurrido el plazo de prescripción produce el efecto de interrumpir la prescripción.
Si bien los artículos 200 y 201 del Código Tributario establecen el plazo de 3 años de prescripción para las acciones que tienen en la materia tanto el SII como la TGR, al haberse imputado el abono al impuesto adeudado, tal acto tuvo la virtud de interrumpir el plazo de prescripción.
Recurso de protección en contra de la Tesorería General de la República en que se acusa falta de celeridad administrativa en adoptar decisiones en procedimientos de cobro, se acoge a trámite por la Corte Suprema.
Aparece de manifiesto que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de garantías fundamentales consagradas en la Constitución.