Trabajo informal

Autoridades deben adoptar medidas idóneas para que trabajadores informales cuenten con ingresos durante su camino hacia la formalidad laboral, resuelve Corte Constitucional de Colombia.

El Estado debe adoptar medidas adicionales para que las personas puedan preservar sus ingresos mientras transitan a la formalidad o a algún mecanismo de protección social. Asegura la protección del principio de confianza legítima y ampara otros derechos como los derechos a la vida digna, al trabajo y el mínimo vital de los vendedores informales.

3 de octubre de 2024