Pruebas recabadas por un agente encubierto en el hogar de un sospechoso son lícitas y no vulneran su derecho a la intimidad, resuelve la Corte Suprema de Costa Rica.
La actuación del agente encubierto se estima lícita, al haber flexibilizado el imputado su derecho a la intimidad cuando permitió el ingreso del efectivo a su vivienda, debiendo descartarse que la investigación realizada resultara arbitraria o desproporcionada.