Las intervenciones quirúrgicas cuya cobertura aquí se peticiona no pueden considerarse “cirugías de embellecimiento”, desde que se trata de un conjunto de prácticas que tienen por fin adecuar el aspecto físico de la actora a su identidad de género autopercibida, lo cual lleva a considerarlas comprendidas dentro de las prácticas que ampara la norma para garantizar el derecho al libre desarrollo personal.
15 de julio de 2024