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La Ley Orgánica de Gendarmería otorga al Director Nacional la facultad de decidir traslados, informó el recurrido. Pero advirtiendo la contradicción en lo relativo a la situación del interno y su conducta, resulta aconsejable que la petición de traslado se resuelva previo debate, con los antecedentes actualizados en una audiencia que al efecto citará la juez de la causa a la brevedad.