Gendarmería no es un tercero externo ajeno al proceso penal en lo que atañe al traslado de los internos si se considera el cuidado y custodia de la población penal que la ley le asigna.
El máximo Tribunal estableció que la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Arica, que declaró inadmisible el recurso de la institución penitenciaria, se adoptó con falta o abuso grave.