En el marco de la causa denominada “tren de Aragua”, el Juzgado de Garantía de Arica decretó la comparecencia personal de seis imputadas a la audiencia preparatoria de juicio oral, decisión apelada por Gendarmería por el nivel de riesgo del traslado en atención a la peligrosidad de las imputadas y la organización criminal a la que pertenecen; apelación declarada inadmisible por la Corte de Arica, en circunstancias que -como resolvió el máximo Tribunal- debió ser tramitada pues la institución no es un tercero ajeno a la magistratura y su opinión especializada respecto del traslado de reos es válida.
Tren de aragua
Cámara expresó su preocupación por el ingreso al país de bandas criminales transnacionales.
Tren de Aragua: Corte de Arica confirma sobreseimiento de defensores penales imputados por violación de secreto al solicitar y acceder a la identidad de testigos reservados.
Corte de Arica declara admisible recurso de protección presentado por Fiscalía y dicta orden de no innovar en causa abierta contra integrantes del denominado Clan “Los Gallegos” .
Tren de Aragua: Juzgado de Pozo Almonte decreta la prisión preventiva de siete imputados por tráfico de drogas y armas.
En la audiencia de formalización, el magistrado ordenó el ingreso de J.L.O.A, Y.J.F.E., R.A.D.C., J.J.L.C., A.I.G.G., R.G.B. y B.A.F.C. al Centro Penitenciario de Alto Hospicio por considerar que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Además, fijó en 120 días el plazo de investigación.
Tren de Aragua: Corte de Arica confirma la prisión preventiva de imputado por tráfico de drogas.
El Tribunal de alzada compartió el razonamiento del tribunal de base, que consideró que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
Traslado de imputado con alto compromiso delictual a otra unidad penal del país no es ilegal ni arbitrario, resuelve la Corte de Arica.
No existe afectación a la libertad individual del imputado, integrante de la banda criminal denominada “Tren de Aragua”, toda vez desde hace ocho meses aquel fue trasladado desde el penal de Arica a otro fuera de la región, resultando una situación ya consolidada.
Separar y trasladar a distintas unidades penales del país a integrantes de la banda criminal “tren Aragua”, no es arbitrario ni ilegal. Permite resguardar la seguridad de la población penal tradicional.
Todos los imputados tienen una situación migratoria irregular en el país y ninguno de ellos demostró fehacientemente relaciones de tipo social o familiar.
Sicario de la banda criminal “tren de Aragua” debe enfrentar investigación, juicio, y una eventual condena en Chile, para luego ser extraditado a Venezuela.
El máximo Tribunal revocó parcialmente la decisión de la ministra instructora que dispuso la entrega inmediata del actor, y en su lugar, decretó la entrega diferida del acusado, una vez que finalice la investigación y cumpla las eventuales penas que enfrenta en Chile por su participación en diversos delitos violentos.
Gendarmería no es un tercero externo ajeno al proceso penal en lo que atañe al traslado de los internos si se considera el cuidado y custodia de la población penal que la ley le asigna.
El máximo Tribunal estableció que la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Arica, que declaró inadmisible el recurso de la institución penitenciaria, se adoptó con falta o abuso grave.