Se advierte en este informe el inconveniente que significa pretender que con esta posibilidad que se da al apelado se profundiza la garantía del derecho al recurso. Esto, por cuanto al evacuar ese traslado no se impugna ninguna decisión del tribunal, sino que un acto de parte, a saber, el recurso de apelación interpuesto por el apelante.
23 de enero de 2024